Fecha de Publicación: 28/02/2000
Página: 825-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 32

 Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo,
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a valores de enero de 1999,
aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto:

                        Escalafón C Administrativo

Cargo                        Cant.            Gdo.       Sueldo Básico
Gerente de Area Hipódromo      1               34               18.558
Jefe de Departamento           1               26               11.640
Inspector                      3               22                8.600
Administrativo                 2               16                6.498

                         Escalafón A Profesional

Cargo                        Cant.            Gdo.       Sueldo Básico
Técnico I Contador             1               26               11.640
Técnico I Abogado              1               26               11.640
Técnico I Veterinario          2               26               11.640
Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión
horaria, beneficios sociales y las primas de alimentación y vestimenta
que se regulan en los artículos 16º y 18º del Decreto Nº 325/998, de 30
de octubre de 1998. En ningún caso podrán percibir otra retribución o
beneficio, que los antes citados, especialmente aquellos que perciben los
funcionarios del Programa I y que están referidos específicamente, al
desempeño de las actividades previstas en el mismo.-

                               CAPITULO IV
                          CONDICIONES GENERALES
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