Decreto 67/004
Adécuase la normativa reglamentaria al régimen de redistribución y
adecuación de funcionarios públicos dispuesto por la Ley 17.556.
(407*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
Montevideo, 19 de febrero de 2004
VISTO: el régimen de redistribución y adecuación dispuesto por la Ley
17.556 de 18 de setiembre de 2002, y su reglamentación por el Decreto
151/003 de 22 de abril de 2003;
CONSIDERANDO: las modificaciones introducidas por la Ley 17.678 de 30 de
julio de 2003 y la necesidad de adecuar la normativa reglamentaria en
consonancia con dichas modificaciones;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Numeral
4to. del artículo 168 de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Modifícase el artículo 5 del Decreto Nº 151/003, el que quedará
redactado de la siguiente forma:
"Declaración de Excedencia.-
La declaración de excedencia deberá ser resuelta por el Jerarca máximo
del Inciso por resolución fundada, la que deberá incluir, como parte
integrante de la misma, el formulario completo diseñado a tales efectos
por la Oficina Nacional del Servicio Civil. La no inclusión del referido
formulario o la falta de los datos requeridos en el mismo determinará la
invalidez de la resolución de excedencia."
BATLLE, GUILLERMO STIRLING, DIDIER OPERTTI, ISAAC ALFIE, YAMANDU FAU,
LEONARDO GUZMAN, LUCIO CACERES, JOSE VILLAR, SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO,
CONRADO BONILLA, MARTIN AGUIRREZABALA, JUAN BORDABERRY, SAUL IRURETA.