La Auditoría Interna de la Nación instrumentará los procedimientos
necesarios para recabar la información que sirva de base para el control
periódico de la utilización de vehículos oficiales y telefonía celular,
de acuerdo con lo dispuesto por los Decretos 197/000, de 11 de julio de
2000, y 232/000, de 10 de agosto de 2000.-
Los Jerarcas de cada Ministerio deberán presentar un informe trimestral,
de acuerdo a las instrucciones de la Auditoría Interna de la Nación,
respecto del uso de la flota vehícular y de los teléfonos celulares.-
En caso que de las actuaciones de la Auditoría Interna de la Nación
surjan eventuales desvios o irregularidades, constatados los mismos,
serán puestos en conocimiento del Ministerio de Economía y Finanzas quien
elevará los antecedentes al Poder Ejecutivo a efectos de la aplicación de
las responsabilidades que correspondan en cada caso.-