Fecha de Publicación: 05/03/2002
Página: 638-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 3

 La distribución de los topes entre los diferentes programas y unidades 
ejecutoras de cada Inciso será aprobada por el respectivo jerarca, previo 
informe favorable de la Contaduría General de la Nación. La referida 
distribución se realizará por programa, unidad ejecutora y fuente de 
financiamiento y deberá presentarse ante dicha oficina antes del 15 de 
marzo de 2002.-
Ayuda