Fecha de Publicación: 05/03/2002
Página: 638-A
Carilla: 6

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 9

 Los Incisos 02 a 27 del Presupuesto Nacional remitirán, dentro de los 
noventa días de promulgado el presente Decreto, a la Comisión creada por 
el Decreto Nº 599/984, de 28 de diciembre de 1984, la información 
actualizada acerca del manejo de fondos y valores y el riesgo implícito, 
a efectos de que elabore una nueva propuesta de asignación de primas por 
Quebranto de Caja, para ser aprobada por el Poder Ejecutivo.-
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