MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
Contribuyentes.- Son contribuyentes de este impuesto los promitentes compradores de los vehículos gravados o los tenedores a cualquier título de los mismos. Es aplicable a este impuesto, lo dispuesto en el Art. 1º del decreto ley 14.264, de 9 de setiembre de 1974.Ayuda