Fecha de Publicación: 13/03/2002
Página: 719-A
Carilla: 7

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 3

 El régimen general sobre la carga de la prueba, que es de orden público 
(artículo 1573º del Código Civil y 139º del Código General del Proceso) 
será el aplicable a todas las situaciones de diferendo que se planteen 
durante la relación contractual.-
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