Modifícase el artículo 1º del Decreto Nº 351/005, el que quedará
redactado de la siguiente forma: "Art. 1º.- Establécese que a partir del
1º de octubre de 2005 los estudiantes de 1er. Ciclo de Enseñanza Media
Pública menores de 16 años al 1º de enero de cada año pertenecientes a
los Departamentos de Canelones y San José, tendrán derecho a obtener un
boleto - abono con 50 viajes gratuitos al mes, los que habiliten el uso
de las líneas de las empresas de transporte suburbano de pasajeros,
cuando la distancia que una el domicilio del estudiante con el Instituto
de Enseñanza al que concurra, supere un kilómetro".