CONSEJO DE MINISTROS
(Instructivos).- A efectos de contar con una documentación uniforme, encárgase a la Oficina Nacional del Servicio Civil y Contaduría General de la Nación la elaboración dentro de los 30 días de la aprobación del presente decreto de los instructivos, formularios y proyectos de contratos a remitir a los organismos comprendidos en el art. 1º.Ayuda