Fecha de Publicación: 18/03/2003
Página: 509-A
Carilla: 5

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 8

 (Convocatoria y Difusión). Con el informe favorable de la Oficina 
Nacional del Servicio Civil y la Contaduría General de la Nación según lo 
expresado anteriormente, el Jerarca del Organismo interesado estará 
habilitado a efectuar la convocatoria para la provisión de los contratos, 
mediante llamado público abierto de concurso de méritos y antecedentes, a 
través del Diario Oficial, dos medios de prensa escrita de circulación 
nacional y medios oficiales de difusión electrónica.
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