Fecha de Publicación: 04/08/1989
Página: 245-A
Carilla: 13

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Decreto 86/989

Se aprueban los precios de venta que regirán para los combustibles, asfaltos fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland. 

Ministerio de Industria y Energía.
 Ministerio de Economía y Finanzas.

                                      Montevideo, 28 de febrero de 1989.

   Visto: el Oficio de fecha 28 de febrero cursado por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, por el que se solicita la aprobación de nuevos precios de venta para los combustibles, asfaltos y productos especiales que se mencionan, lo dispuesto en la ley 12.670 del 17 de diciembre de 1959; el artículo 1º del Título 11 del Texto Ordenado 1987 y los artículos 430, 431 y 432 de la ley 15.903 del 10 de noviembre de 1987.

   Resultando: los fundamentos que llevaron a dicho Ente para fijar los nuevos precios que se encuentran detallados en el mencionado oficio y no merecen objeciones del Poder Ejecutivo.

   Atento: a lo dispuesto por el literal f), del artículo 3º, de la ley 8.764, del 15 de octubre de 1931, en la redacción dada por el artículo 1º de la ley 15.312, de facha 20 de agosto de 1982,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

  Se aprueban los siguientes precios de venta para los combustibles, asfaltos y productos especiales fijados por el Directorio de la Administración Nacional de Combustibles Alcohol y Portland, los que entrarán en vigencia a partir de la hora cero del día 1º de marzo de 1989.

  a) Combustibles                                        Precio 
                                                       por Litro 
                                                           N$ 

 Nafta aviación 80                                      383,00
 Nafta aviación 100/130                                 448,00
 Nafta aviación 115/145                                 462,00
 Jet A 1                                                181,00
 J.P.4                                                  252,00
 Nafta común                                            303,00
 Nafta sin plomo                                        319,00
 Supercarburante                                        332,00
 Solvente 1.197                                         196,00
 Solvente 6.080                                         202,00
 Solvente Disán                                         196,00
 Disán Aromático                                        226,00
 
                                                         Precio
                                                       por Litro
                                                           N$
 Aguarrás                                               197,00
 Aguarrás Aromático                                     246,00 
 Keroseno                                               176,00
 Base para insecticida                                  179,00
 Querosol                                               196,00
 Gas oil                                                191,00
 Nafta liviana (Cía. del Gas)                            93,00
 

                                                        Por kilo
                                                          N$
 
 Supergás                                                292,00
 Butano Desodorizado                                     323,00
 
                                                     Por mil litros
                                                          N$ 
 Diesel Oil                                             150.000,00
 Fuel Oil Pesado                                         95.200,00
 Fuel Oil Especial                                      130.300,00
 Fuel Oil Calefacción                                   120.800,00
 Fuel Oil Pesado (UTE)                                   95.200,00
 Fuel Oil Especial (UTE)                                130.300,00

 -Los precios de las naftas, keroseno y gas oil son a granel en las plantas de almacenaje y en los lugares de expendio de toda la República y comprenden los Impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega.
  -Los precios del diesel oil y fuel oil, son a granel en las Plantas de almacenamiento de Montevideo y comprenden los Impuestos que en cada caso correspondan (incluido el Impuesto al Valor Agregado en el caso del fuel oil) pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega, así como los fletes y demás gastos para el interior de la República. 
 -Los precios de los disolventes son a granel en la Planta de ANCAP de La Teja y en el terminal del distribuidor autorizado y comprenden los impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega. 
 -Los precios de los combustibles destinados a la aviación son a granel en las plantas de almacenaje de ANCAP de todo el País y puestos de la Dirección General de Infraestructura Aeronáutica, e incluyen los impuestos a los combustibles creados por la ley 12.950 y modificativas. No incluyen el impuesto a los combustibles utilizados por la aviación nacional y de tránsito creado por la ley 14.189 que se adicionará cuando corresponda. 

  b) Los precios de los productos con destino al uso de buques de bandera 
      nacional, cuando realicen viajes a puertos ubicados fuera del País y 
      los buques pesqueros de bandera nacional se fijarán tomando como    
      referencia los precios en el mercado internacional;
  c) Los precios de los combustibles suministrados a UTE destinados a 
      atender los requerimientos del Acuerdo de Interconexión Eléctrica 
      con países limítrofes, se fijarán tomando como referencia los 
      precios en el mercado internacional y serán facturados en dólares 
      americanos;

d) Cementos asfálticos                            Por mil kilos
                                                       N$

Penetración 150/200                                 85.900,00
Penetración 60/80                                   85.900,00
Penetración 40/50                                   85.900,00

Cementos asfálticos diluidos                      Por mil litros

                                                       N$ 

 Tipo M.C.                                          90.500,00
 Tipo R.C.                                          90.500,00

 Emulsiones asfálticas                              70.600,00
 
 -Los precios son para asfaltos y emulsiones asfálticas a granel en las plantas de almacenamiento de Montevideo y comprenden los Impuestos que en cada caso correspondan, pudiéndose adicionar los gastos que se originen por otras formas de entrega. 

e) Asfaltos oxidados                          Por mil kilos

                                                  N$ 

En tambores de 200 litros                      90.500,00 

 -Los envases se facturarán por separado. Los precios son para las mercaderías puestas sobre camión, vagón o buque en la Planta de Combustibles de La Teja y comprenden los Impuestos correspondientes.

f) Productos especiales                          Precio por litro

                                                       N$

 Tolueno                                             230,00
 Xileno                                              263,00
 Hexano comercial                                    146,00

 -Estos precios son a granel en la Planta de ANCAP de La Teja y en el terminal del distribuidor autorizado y no incluyen el Impuesto al Valor Agregado que se cargará en factura, pudiéndose adicionar los gastos que se originen para otras formas de entrega. 


SANGUINETTI.- JORGE PRESNO HARAN.- RICARDO ZERBINO CAVAJANI.
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