Decreto 89/96
Establécese la forma en que la Contaduría General de la Nación, designará
a los funcionarios que cumplirán las funciones de Contador Central en los
Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional.
(597*R)
Ministerio de Economía y Finanzas
Montevideo, 13 de marzo de 1996
Visto: lo dispuesto por el artículo 44 de la Ley Nº 16.736 de 5 de
enero de 1996.
Resultando: que la referida norma dispone que la reglamentación debe
establecer los procedimientos para que la Contaduría General de la Nación
designe a quienes desempeñarán las funciones de Contadores Centrales en
los Incisos 02 a 14 del Presupuesto Nacional y a aquéllos que coordinen y
apoyen su labor.
Considerando: que la citada norma legal dispone las condiciones que
deben cumplirse para efectuar las designaciones de referencia, las que
deben complementarse con otras, a través de la presente reglamentación.
Atento: a lo precedentemente expuesto.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
La Contaduría General de la Nación designará, mediante una
convocatoria pública y en base a términos de referencia correspondientes
a sus cometidos, a los funcionarios que cumplirán las funciones de
Contador Central en los Incisos 02 al 14 del Presupuesto Nacional, de
acuerdo con los procedimientos que se establecen en los artículos
siguientes.