Los cargos y funciones contratadas establecidas en el Presupuesto
Operativo, (Anexo B2, que forma parte de este Decreto), son los
efectivamente necesarios al 1º de junio de 2001. El Directorio podrá en
el futuro efectuar transformaciones de cargos y funciones que no supongan
incremento de gastos, a los efectos de adecuar la estructura de cargos y
funciones a las reales necesidades de la empresa, dando cuenta a la
O.P.P. de las mismas, acompañándolas de un análisis de sus costos y
financiamiento. Las transformaciones que se incluyen en el presupuesto y
las que el Directorio proponga en el futuro deberán ser fundamentadas
desde el punto de vista de la estructura organizativa. Toda
transformación implicará la eliminación automática del o de los cargos
que se transforman.