Fecha de Publicación: 15/12/1975
Página: 596-A
Carilla: 6

MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGIA

Artículo 2

El Directorio de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland, por resolución fundada, podrá aumentar o disminuir los precios
del farello hasta un 30% dando cuenta al Poder Ejecutivo.
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