Fecha de Publicación: 18/03/2003
Página: 513-A
Carilla: 9

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

Artículo 9

 Establécese la siguiente nómina de Escalafones, Grados, Clases de Cargo, 
Cantidad de Cargos y Remuneraciones a valores de enero de 2001, 
aplicables al Programa II, previsto en el presente Decreto: 
Escalafón C.- Administrativo 
Cargo                                 Grado  Sueldo Básico   Cantidad
Gerente de Area Hipódromo               34      37.510          1
Jefe de Departamento
Administrativo                          26      23.528          1
Jefe de Departamento
Técnico                                 26      23.528          1
Inspector                               22      17.387          3
Administrativo                          16      13.133          3
Escalafón A.- Profesional
Cargo                                 Grado  Sueldo Básico   Cantidad
Técnico I Contador                      26      23.528          1
Técnico I Abogado                       26      23.528          1
Técnico I Veterinario                   26      23.528          2

Los funcionarios asignados al Programa II, no percibirán otra retribución 
que la prevista en la escala básica anterior, con excepción de extensión 
horaria, beneficios sociales y las primas de vestimenta, alimentación y 
asistencia social, que se regulan para el Programa I. En ningún caso 
podrán percibir otra retribución o beneficio, que los antes citados, 
especialmente aquellos que perciben los funcionarios del Programa I y que 
están referidos específicamente, al desempeño de las actividades 
previstas en el mismo.

                               CAPITULO III                               
                          CONDICIONES GENERALES                           
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