Fecha de Publicación: 05/01/1976
Página: 20-A
Carilla: 8

MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

Artículo 3

Las actuales y futuras pasividades, no comprendidas en el artículo 2º,
tendrán como sueldo ficto el que resulte de la aplicación de la escala "B"
que se expone a continuación:

                              ESCALA "B"

                              Escribanos

Hasta el 20%, N$ 16.00.
Del  20% al  30%, N$ 17.00.
Del  30% al  40%, N$ 18.00.
Del  40% al  50%, N$ 19.00.
Del  50% al  60%, N$ 20.00.
Del  60% al  70%, N$ 21.00.
Del  70% al  80%, N$ 22.00.
Del  80% al  90%, N$ 23.00.
Del  90% al 100%, N$ 24.00.
Más del 100%, N$ 25.00.

                              Empleados

Cadete o mensajero, N$ 11.68.
Copista o escribiente, N$ 17.52.
Auxiliar o protocolista, N$ 23.25.
Auxiliar o protocolista calificado o taquígrafo, N$ 29.20.
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