REGLAMENTACION DE FUNCIONAMIENTO DE LABORATORIOS DE ANALISIS CLINICOS
Aprobado/a por: Decreto Nº 129/005 de 04/04/2005 artículo 1.
Artículo 29.- Comuníquese, publíquese.
ANEXO 1
A) TECNICAS, MATERIALES E INSTRUMENTAL BASICO.
AREA HEMATOLOGIA
1) TECNICAS EXIGIDAS PARA CONFIGURAR EL AREA
HEMATIMETRIA (hematocrito, hemoglobina, leucocitos, recuento de glóbulos
rojos y plaquetas)
Lámina periférica. Reticulocitosis.
Crasis básica (tiempo de coagulación y sangría, retracción del coágulo,
tiempo de protrombina, KPTT, fibrinógeno, PDF)
V.E.S.
Mielograma.
2) MATERIAL E INSTRUMENTAL BASICO
Para configurar el Area deberá contar con un contador hematológico.
Microscopio con objetivo de inmersión x 100, centrífuga, Baño María de
37º C, heladera con freezer, fotocolorímetro o espectrofotómetro, estufa
de temperatura regulable hasta 200ºC (para secar o esterilizar
material).
AREA BIOQUIMICA
1) TECNICAS EXIGIDAS PARA CONFIGURAR EL AREA
Acido úrico Glucosa Urea
Bilirrubina Colesterol Colesterol HDL
Triglicéridos Orina Orina minutada
Calcio Fósforo
Creatinina Proteínas totales
Albúmina TSH
Cuerpos cetónicos en sangre, ionograma (sodio, potasio)
Funcional hepático (bilirrubina, fosfatasas alcalinas, transaminasas)
Sideremia Transferrina Ferritina
Proteinograma elctroforético
2) MATERIAL E INSTRUMENTAL BASICO
Microscopio con objetivo de inmersión x 100, centrífuga, Baño María de
temperatura regulable entre 25ºC-60ºC, heladera con freezer,
fotocolorímetro o espectrofotómetro, fotómetro de llama o similar, equipo
de electroforesis (cuba y fuente de poder), densitómetro.
AREA DE BACTERIOLOGIA
1) TECNICAS EXIGIDAS PARA CONFIGURAR EL AREA
Coloración de Gram, Baciloscopía.
Cultivo de gérmenes aerobios, Cultivo de gérmenes anaerobios.
Hemocultivo, Expectoración, Urocultivo y bacteriuria cuantitativa.
Exudados (nasal, faríngeo, ótico, conjuntival, de lesiones cutáneas y
mucosas.)
Exudados uretral y vaginal. Antibiograma.
2) MATERIAL E INSTRUMENTAL BASICO
Estufa de cultivo 37ºC, autoclave, baño María 37ºC, heladera con freezer,
microscopio con objetivo de inmersión, estufa de esterilización por calor
seco, mechero, centrífuga, balanza, jarra para cultivo de bacterias
anaeróbicas.
AREA PARASITOLOGIA
1) TECNICAS EXIGIDAS PARA CONFIGURAR EL AREA
Coproparasitario, espátula adhesiva
Estudio de micosis superficiales y profundas.
2) MATERIAL E INSTRUMENTAL BASICO
Microscopio, estufa de cultivo 37ºC, heladera, mechero, centrífuga,
extractor de aire.
AREA INMUNOLOGIA
1) TECNICAS EXIGIDAS PARA CONFIGURAR EL AREA
A.E.L.O, V.D.R.L., RA test, VIH, Chagas, Toxoplasmosis, Test de embarazo
en sangre y orina, Reacción de Paull Bunnell, Poteína C reactiva.
Marcadores de hepatitis A, B, C. Marcadores Tumorales: alfa feto
proteína, CEA, PSA, Ca 125, Ca 15-3
2) MATERIAL E INSTRUMENTAL BASICO
Baño María 37ºC, Baño María 56ºC, o baño regulable equivalente,
centrífuga, heladera con freezer, lupa o microscopio con objetivo x 10,
agitador para aerología, lector de ELISA.
AREA URGENCIA
1) TECNICAS EXIGIDAS PARA CONFIGURAR EL AREA
Enzimograma cardíaco (CK y CKMB)
Bilirrubinas
Transaminasas
Glucemia
Urea, Uricemia, Cretininemia, Ionograma, (sodio, potasio), Calcio VES,
Orina, Amilasa, en sangre y orina.
Hematimetría, (hematocrito, hemoglobina, leucocitosis, Recuento
plaquetario)
Crasis básica (tiempo de coagulación y sangría, retracción del coágulo,
tiempo de protrombina, KPTT, fibrinógeno), PDF.
LCR (citoquímico y bacteriológico)
2) MATERIAL E INSTRUMENTAL BASICO
Para configurar el Area deberá contar con un contador hematológico,
Centrífuga, microscopio, baño María de 37ºC, heladera con freezer,
fotómetro de llama o similar, fotocolorímetro o espectrofotómetro.
B) INSUMOS
Todo Laboratorio de Análisis Clínicos debe tener además del material e
instrumental básico exigido para configurar el área, el material
complementario, controles, calibradores y reactivos necesarios para la
realización de las distintas técnicas de las respectivas áreas.
ANEXO 2
Los Laboratorios deberán tener como mínimo un Técnico por cada 60
análisis realizados por día como promedio mensual y un mínimo de un
Técnico superior, cada tres Técnicos complementarios.
(*)Notas:
Se modifica/n por:
Decreto Nº 382/014 de 24/12/2014 artículo 1,
Decreto Nº 243/014 de 18/08/2014 artículo 1,
Decreto Nº 599/009 de 28/12/2009 artículo 1.
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