Aprobado/a por: Decreto Nº 149/003 de 22/04/2003 artículo 1.
                                                                       
1.- FINALIDAD DE LA ESCUELA DE INGENIERIA MILITAR.-
1.1.- Coordinar la formación de Personal Superior en la carrera de 
Ingeniero Militar y niveles intermedios de peritos y tecnólogos en sus 
distintas especialidades.-
1.2.- Coordinar el perfeccionamiento e incremento de la preparación 
técnico-científica de los graduados, mediante cursos de postgrado o 
cursos complementarios de actualización.-


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