Aprobado/a por: Decreto Nº 176/019 de 24/06/2019.
   Artículo 11.- Modifícase el artículo 46 del Decreto N° 27/996 de 6 de febrero de 1996, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 46. A la Dirección de Planificación y Mejora Continua compete realizar acciones de mejora en la organización administrativa, simplificación de trámites en los procesos operativos, colaboración en la organización de archivos, diseño de impresos, elaboración de manuales de procedimiento, apoyo en procesos de informatización, así como colaborar participar y ejecutar cualquier otra actividad que le encomiende la Superioridad en el ámbito de su misión de apoyo organizativo al conjunto de la Cancillería; administrar los sistemas organizacionales para lograr mayor eficiencia y eficacia en la tarea diaria; coordinar el relevamiento de la información, que considere necesaria para el cumplimiento de los cometidos relacionado a la calidad en la gestión y en la reorganización de servicios; analizar, diseñar y evaluar los objetivos, metas e indicadores proyectados anualmente, para la elaboración del Plan Estratégico quinquenal y Compromisos de Gestión; realizar de un Plan de Comunicación Organizacional en el marco de sus competencias."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 27/996 de 06/02/1996 artículo 46.
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