Aprobado/a por: Decreto Nº 312/010 de 13/10/2010.
Artículo 1.- Agrégase al literal C del numeral 1, parágrafo III del artículo 2 del Decreto 433/007 de 13 de noviembre de 2007, lo siguiente: "Para los ingresos del Personal Subalterno del Subescalafón Ejecutivo en la Dirección Nacional de Policía Caminera, se requerirá la aprobación de una prueba de conducción de vehículos, que será rendida ante instructores de la mencionada Dirección Nacional y que tendrá carácter eliminatorio."

(*)Notas:
Ver Reglamento modificado: Decreto Nº 433/007 de 13/11/2007 artículo 1 
literal C) inciso 2º).
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