REGLAMENTACION DEL FONDO ESPECIAL DE TUTELA SOCIAL DEL SERVICIO DE TUTELA
SOCIAL DE LAS FUERZAS ARMADAS
Aprobado/a por: Decreto Nº 326/984 de 14/08/1984 artículo 1.
(Artículo 12) se agrega/n por: Decreto Nº 473/990 de 16/10/1990 artículo
2.
Artículo 6.- Después de atendidos los fines primarios establecidos en la presente reglamentación, se podrán utilizar, de existir, los
remanentes de cada ejercicio vencido, en el mejoramiento del bienestar social de los beneficiarios, en las siguientes aéreas: Ancianidad, Minoridad, Recreación y Apoyo a la Salud, de acuerdo a lo establecido en los artículos siguientes.
(*)Notas:
Se modifica/n por: Decreto Nº 473/990 de 16/10/1990 artículo 1.
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