VISTO: el Decreto Nº 17/09 de 14 de enero de 2009.
RESULTANDO: que la citada disposición prorrogó la entrada en vigencia de
los decretos Nº 784/008, 785/008 y 786/008, de 22 de diciembre de 2008.
CONSIDERANDO: I) que la referida prórroga se fundó en la necesidad de
contemplar las adecuaciones de los sistemas operativos e informáticos de
los sujetos designados responsables tributarios en virtud de las normas
referidas.
II) que dichos procesos de adecuación aún no han culminado.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 17/009 de 14/01/2009
artículo 1.