Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores
fíjase, el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A) del mes de
enero de 1990 en N$ 5.694,07 (nuevos pesos cinco mil seiscientos noventa y
cuatro con 07/100).