VISTO: la conveniencia de emitir instrumentos en Unidades Indexadas.-
CONSIDERANDO: lo dispuesto por la Ley Nº 17.296, de 21 de febrero de
2001.-
ATENTO: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorízase al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de UI 600:000.000,oo
(seiscientos millones de unidades indexadas) en títulos denominados Notas
del Tesoro, Serie 3, a 5 años de plazo, fecha de emisión 18 de marzo de
2005, fecha de vencimiento 18 de marzo de 2010 con una tasa de interés
nominal de 5% anual.