FIJACION DE DETRACCIONES A LAS EXPORTACIONES DE CUEROS LANARES




Promulgación: 02/01/1975
Publicación: 13/01/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 0
  •    Año: 1975
  •    Página: 20
Referencias a toda la norma
     Visto: el decreto 982/974 de 5 de diciembre de 1974.

     Considerando: la necesidad de adecuar los valores de las
detracciones de las exportaciones de cueros lanares,

     El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

  Fíjase una detracción de $ 357 (trescientos cincuenta y siete pesos) por
cada 10 (diez) quilogramos para las exportaciones de cueros lanares con
excepción de los que se indican en el artículo siguiente.

  BORDABERRY - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - ADOLFO CARDOSO GUANI - HECTOR E.
ALBURQUERQUE
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