FIJACION DE AVISOS PUBLICITARIOS EN EL TRANSPORTE COLECTIVO DE PASAJEROS




Promulgación: 16/03/1994
Publicación: 05/04/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1994
  •    Página: 338

Artículo 3

Los avisos en la parte posterior de la carrocería serán de un solo panel que no excederá  las medidas de 2,50 m de largo por 2,20 m de alto. Los avisos estarán pegados o adosados firmemente a la superficie del vehículo no pudiendo exceder a ésta en más de 5 cm, sobrepasar la vertical saliente del paragolpes trasero, ni presentar salientes. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 324/003 de 06/08/2003 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 112/994 de 16/03/1994 artículo 3.
Referencias al artículo
Ayuda