APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 2021




Promulgación: 21/04/2021
Publicación: 30/04/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 38

   TRANSFORMACIÓN DE CARGOS O FUNCIONES. El Directorio del Banco Central del Uruguay podrá efectuar transformaciones de cargos y funciones que no supongan incrementos de costos financieros, a los efectos de adecuar la estructura de cargos y funciones a las reales necesidades de la empresa, dando cuenta a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto de las mismas, acompañándolas de un análisis de sus costos y financiamiento. Dichas transformaciones deberán ser fundamentadas desde el punto de vista de la estructura organizativa. Toda transformación implicará la eliminación automática del o de los cargos que se transformen.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 45 (vigencia).
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