COMERCIO EXTERIOR. VEHICULOS AUTOMOTORES




Promulgación: 03/03/1971
Publicación: 11/03/1971

Resumen:

Establécese que los porcentajes de reducciones y recargos a las importaciones de "kits" y componentes de automotores para la industria automotriz nacional, serán equivalentes a los porcentajes de las 
compensaciones que se realicen en función de los acuerdos celebrados.
Derogada/o por: Decreto Nº 233/983 de 12/07/1983 artículo 16.

Artículo 5


		
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