La distribución de los topes entre los diferentes proyectos de cada
Inciso y sus eventuales modificaciones, será aprobada por el respectivo
jerarca, previo informe favorable de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto. A tales efectos, antes del 30 de abril de 2005 deberá
presentarse ante esa Oficina el respectivo proyecto de distribución.-
En los Incisos 10 y 24, la distribución del tope asignado, no deberá
implicar la reducción de las partidas de inversiones destinadas a las
Intendencias del Interior.-