La Asamblea tendrá los siguientes cometidos:
a) Aprobar los estatutos y la reforma de los mismos.
b) Elegir los miembros del Consejo Directivo cuando la elección sea
indirecta.
c) Tomar conocimiento y aprobar anualmente el Estado de Situación,
Estado de Resultados, y la Memoria que deberá remitirle el Consejo
Directivo, con informe de la Comisión Fiscal.
d) Aprobar los planes, objetivos y presupuestos anuales de la
institución, así como las modificaciones que correspondan.
e) Interpretar los estatutos sociales.
f) Aprobar la disolución y las fusiones con otras Instituciones de
Asistencia Médica Colectiva, así como la transformación de su
naturaleza jurídica.
g) Censurar, cuando corresponda, a los miembros del Consejo Directivo,
por las causas prevista en los estatutos. Dicha censura debe ser
adoptada por las tres cuartas partes de los miembros de la Asamblea,
que será citada especialmente a esos efectos. La censura motivará el
cese automático de los miembros del Consejo Directivo y el llamado a
elecciones.
h) Aprobar su reglamento de funcionamiento.