FIJACION DEL INDICE DE MOVILIDAD PARA LAS PASIVIDADES SERVIDAS POR LAS DIRECCIONES DE PASIVIDADES DEPENDIENTES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Facúltase a las entidades mencionadas en el artículo 1º a ajustar a la
unidad de enteros de nuevos pesos superior, el importe líquido de las
pasividades, una vez deducidos los descuentos legales y retenciones para
terceros.