PROHIBICION DEL DOPAJE DEPORTIVO




Promulgación: 20/04/2004
Publicación: 27/04/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 781

Artículo 12

 El equipo de toma de muestras será designado exclusivamente por el 
Departamento Médico del Ministerio de Deporte y Juventud y contará con 
los profesionales certificados por este en la materia o el personal que 
estos profesionales calificadamente designen.
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