FIJACION DE COSTOS MAXIMOS DE CONEXIONES DE AGUA Y DESAGÜE




Promulgación: 07/03/1991
Publicación: 25/11/1991
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: estos antecedentes relacionados con la aprobación de los nuevos
costos máximos de conexiones de agua y desagüe, medidores y los precios de
Unidades Reajustables de habilitación de conexiones ciegas de desagüe,
empalmes de ramales provisorios de descarga, corte y rehabilitación de
servicios, recargos por cuentas emitidas por es sistema de facturación
divisoria de consumos y análisis.

   Resultando: I) Que se estima conveniente la aprobación de las mismas en
Unidades Reajustables;

   II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto no comparte que las
mismas sean fijadas en Unidades Reajustables por cuanto la evolución de la
U.R. no tiene porque guardar realación con la evolución transitoria por el
término de un año y a partir de 1992 modificarlo por ajustes tarifarios.

   Atento: a lo expuesto precedentemente.

   El Presidente de la República,

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébense los nuevos costos máximos en Unidades Reajustables de
conexiones de agua y desagüe, empalmes de ramales provisorios de agua y
bocas de descarga, ramales provisorios de descarga, corte y rehabilitación
de servicios, recargos por cuentas cobradas fuera de radio, recargos por
cuentas cobradas fuera de radio, recargos por cuentas emitidas por el
sistema de facturación divisionaria de consumos y análisis que realiza la
División Laboratorio para terceros, que se establecen a continuación y que
regirá a partir del 1º de enero de 1991 y por el término de un año. (*)


(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

LACALLE HERRERA - WALTER GRAIÑO - ENRIQUE BRAGA SILVA
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