EMISION DE BONOS DEL TESORO. 2007 CONVERTIBLE NOTES




Promulgación: 24/04/2002
Publicación: 29/04/2002
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2002
  •    Página: 581

Artículo 5

 Los pagos de intereses y del capital de los valores, así como las 
comisiones y gastos por todo otro concepto que demande la administración 
y colocación de los mismos se atenderá fuera del Uruguay por el Banco 
Central del Uruguay en su carácter de Agente Financiero del Estado y a 
través del o los Agentes pagadores que se designen o acuerden.-
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