VISTO: el Decreto Nº 39/99 de 3 de febrero de 1999, por el cual se
prohibió la importación de vehículos usados de los items comprendidos en
las posiciones y partidas NCM que se indican.
CONSIDERANDO: que se padeció error al mencionar la posición NCM
87.05.90.00.00 en el artículo 1º, por cuanto en realidad debió referirse
a la posición 87.05.90.90.00.
ATENTO: a lo expuesto,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 39/999 de 03/02/1999
artículo 1.