VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército
solicita se establezcan la finalidad, objetivos, condiciones de ingreso y
egreso de la Escuela de Ingeniería Militar, conforme a lo dispuesto por
el artículo 31 del Decreto 415/ 995 de 21 de noviembre de 1995.-
RESULTANDO: I) que por Decreto 700/975 de 16 de setiembre de 1975, se
aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto
Militar de Estudios Superiores.-
II) que por el citado Decreto 415/995 se incorporó al Reglamento referido
el Capítulo VIII. correspondiente a la Escuela de Ingeniería Militar
(artículos 26 a 32).-
III) que por Decreto 376/001 de 26 de setiembre de 2001, el Poder
Ejecutivo reconoció al Instituto Militar de Estudios Superiores el rango
de institución académica de primer nivel, equivalente al de las
instituciones universitarias reconocidas de conformidad con el Decreto
308/995 de 11 de agosto de 1995.-
CONSIDERANDO: I) la necesidad de contar con recursos humanos del más alto
nivel y especialización, capacitados para desempeñar tareas de
asesoramiento, planificación, ejecución y dirección en las áreas
científico-tecnológicas, en el ámbito del Ejército Nacional.-
II) que la elevación de los niveles de educación del Personal Superior
facilita el cumplimiento de las tareas antes citadas con un mayor rigor
científico, académico y metodológico determinantes en la generación del
conocimiento, constituyendo las herramientas que le permitirán al
Ingeniero Militar, atender las exigencias actuales y asesorar sobre los
progresos científicos y tecnológicos.-
III) la necesidad de adoptar las medidas necesarias para coordinar y
racionalizar la formación del Personal Superior en el área
científico-tecnológico, a fin de lograr la optimización de los recursos
empleados, propiciando el máximo aprovechamiento de los cursos afines que
se realizan dentro del sistema educativo a nivel nacional, sin perjuicio
del empleo de sistemas de control de calidad.-
IV) que la aprobación del Reglamento de la Escuela de Ingeniería Militar,
no modifica las disposiciones contenidas en los artículos 26 a 32 del
Decreto 700/975 precitado, en la redacción dada por el Decreto 415/995
mencionado.-
V) que se cuenta con la opinión favorable del Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando
General del Ejército y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
DECRETA:
Apruébase el Reglamento de la Escuela de Ingeniería Militar, incorporada
al Instituto Militar de Estudios Superiores por el Decreto 415/995 de 21
de noviembre de 1995, el que consta en el Anexo adjunto considerándose
parte integrante del presente Decreto.- (*)