APROBACION DEL REGLAMENTO DE LA ESCUELA DE INGENIERIA MILITAR




Promulgación: 22/04/2003
Publicación: 29/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 842
VISTO: las actuaciones por las cuales el Comando General del Ejército 
solicita se establezcan la finalidad, objetivos, condiciones de ingreso y 
egreso de la Escuela de Ingeniería Militar, conforme a lo dispuesto por 
el artículo 31 del Decreto 415/ 995 de 21 de noviembre de 1995.-

RESULTANDO: I) que por Decreto 700/975 de 16 de setiembre de 1975, se 
aprobó el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Instituto 
Militar de Estudios Superiores.-

II) que por el citado Decreto 415/995 se incorporó al Reglamento referido 
el Capítulo VIII. correspondiente a la Escuela de Ingeniería Militar 
(artículos 26 a 32).-

III) que por Decreto 376/001 de 26 de setiembre de 2001, el Poder 
Ejecutivo reconoció al Instituto Militar de Estudios Superiores el rango 
de institución académica de primer nivel, equivalente al de las 
instituciones universitarias reconocidas de conformidad con el Decreto 
308/995 de 11 de agosto de 1995.-

CONSIDERANDO: I) la necesidad de contar con recursos humanos del más alto 
nivel y especialización, capacitados para desempeñar tareas de 
asesoramiento, planificación, ejecución y dirección en las áreas 
científico-tecnológicas, en el ámbito del Ejército Nacional.-

II) que la elevación de los niveles de educación del Personal Superior 
facilita el cumplimiento de las tareas antes citadas con un mayor rigor 
científico, académico y metodológico determinantes en la generación del 
conocimiento, constituyendo las herramientas que le permitirán al 
Ingeniero Militar, atender las exigencias actuales y asesorar sobre los 
progresos científicos y tecnológicos.-

III) la necesidad de adoptar las medidas necesarias para coordinar y 
racionalizar la formación del Personal Superior en el área 
científico-tecnológico, a fin de lograr la optimización de los recursos 
empleados, propiciando el máximo aprovechamiento de los cursos afines que 
se realizan dentro del sistema educativo a nivel nacional, sin perjuicio 
del empleo de sistemas de control de calidad.-

IV) que la aprobación del Reglamento de la Escuela de Ingeniería Militar, 
no modifica las disposiciones contenidas en los artículos 26 a 32 del 
Decreto 700/975 precitado, en la redacción dada por el Decreto 415/995 
mencionado.-

V) que se cuenta con la opinión favorable del Comité Ejecutivo para la 
Reforma del Estado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por el Comando 
General del Ejército y a lo dictaminado por la Asesoría Letrada del 
Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Apruébase el Reglamento de la Escuela de Ingeniería Militar, incorporada 
al Instituto Militar de Estudios Superiores por el Decreto 415/995 de 21 
de noviembre de 1995, el que consta en el Anexo adjunto considerándose 
parte integrante del presente Decreto.- (*)

(*)Notas:
Ver: Texto.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y pase al Comando General del Ejército para su 
conocimiento y efectos pertinentes. Cumplido, archívese.-


HIERRO LOPEZ - ROBERTO YAVARONE



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