APROBACION DE REESTRUCTURA ADMINISTRATIVA DE PROGRAMAS PRESUPUESTALES. DIRECCION NACIONAL DE ENERGIA Y TECNOLOGIA NUCLEAR




Promulgación: 05/05/2004
Publicación: 28/07/2004
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2004
  •    Página: 886

Artículo 5

   La Contaduría General de la Nación dispondrá de un plazo de 30 (treinta) días para habilitar los créditos correspondientes en la Unidad 
Ejecutora que se crea, a partir de la entrada en vigencia de este Decreto.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 713 de la Ley Nº 16.736 de 
5 de enero de 1996, las reasignaciones presupuestarias no podrán 
significar incremento en el total de las asignaciones presupuestales del 
Programa cuyas Unidades Ejecutoras se fusionan ni en sus dotaciones de 
personal.
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