La Contaduría General de la Nación abatirá los créditos establecidos en
el artículo primero de este Decreto, en los mismos importes en que será
incrementado el crédito del Objeto del Gasto 095.002 "Fondo de
Contrataciones - artículo 39 L. 17556 y 18 L. 17930" de la Unidad
Ejecutora 002 "Contaduría General de la Nación", del Inciso 05
"Ministerio de Economía y Finanzas".