BONOS DEL TESORO




Promulgación: 23/03/1987
Publicación: 25/05/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 451
 Visto: la conveniencia de emitir una nueva serie de Bonos del Tesoro.

 Considerando: lo dispuesto por los decretos leyes 14.268 de 20 de
setiembre de 1974 y 14.814 de 29 de agosto de 1978 y ley 15.773 de 23 de
setiembre de 1985.

 Atento: a lo informado por el Banco Central del Uruguay en su carácter de
Agente Financiero del Estado,

 El Presidente de la República,

                             DECRETA:

Artículo 1

 Se autoriza al Banco Central del Uruguay, en su carácter de Agente
Financiero del Estado, a emitir hasta la suma de U$S 20:000.000.00 (veinte
millones de dólares de los Estados Unidos de América) en títulos
denominados Bonos del Tesoro 28a. Serie a ocho años de plazo que se
dividirá en los siguientes bonos definitivos:

De U$S 1.000.- cada uno 18.000 títulos       U$S 18:000.000
De U$S   500.- cada uno  4.000 títulos       U$S  2:000.000
                                           -----------------
                                             U$S 20:000.000

Estos Bonos serán al portador y llevarán las firmas impresas del
Ministerio de Economía y Finanzas, del Contador General de la Nación y del
Gerente General del Banco Central del Uruguay.  (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 4.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
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