REGLAMENTACION DE LA LEY 19.878, RELATIVA A LA SUSPENSION DEL CREDITO FISCAL A FAVOR DE TITULARES DE EXPLOTACIONES AGROPECUARIAS




Promulgación: 11/06/2020
Publicación: 18/06/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.878 de 29/04/2020.
   VISTO: el artículo 1° de la Ley N° 19.878, de 22 de abril de 2020.

   RESULTANDO: que la referida norma suspendió por 1 (un) año el crédito fiscal a favor de los titulares de explotaciones agropecuarias, dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 18.910 de 25 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.973 de 21 de setiembre de 2012.

   CONSIDERANDO: necesario reglamentar la referida norma.

   ATENTO: a lo expuesto,

                      El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Suspensión de Crédito Fiscal.- Suspéndase el crédito fiscal a favor de los titulares de explotaciones agropecuarias dispuesto por el artículo 11 de la Ley N° 18.910 de 25 de mayo de 2012, en la redacción dada por el artículo 1° de la Ley N° 18.973, por lo pagos del impuesto creado por la Ley N° 12.700 de 4 de febrero de 1960, realizados entre el 1° de mayo de 2020 y el 30 de abril de 2021

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 2 y 5.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - CARLOS MARÍA URIARTE
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