PROGRAMA SANITARIO PARA LA DECLARACION DE PREDIOS OFICIALMENTE LIBRES DE LEUCOSIS BOVINA ENZOOTICA




Promulgación: 04/05/2007
Publicación: 10/05/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 874

Artículo 4

 Los laboratorios privados o dependientes de organismos públicos, podrán participar de la ejecución de la campaña sanitaria para el control de la leucosis bovina enzoótica, una vez que obtengan la habilitación correspondiente por parte de la DI.LA.VE. de la Dirección General de Servicios Ganaderos.
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