Viáticos. Los gastos que, en razón de sus cometidos, deben realizar los
funcionarios fuera de la localidad, donde normalmente prestan servicios,
serán compensados con un viático que se regulará de acuerdo a las
disposiciones reglamentarias establecidas por Resolución de Directorio Nº
1500/81 del 15 de junio de 1981 y sus modificativas y concordantes.