Asignaciones Familiares. El pago se regirá por las siguientes normas:
para la Asignación Familiar de acuerdo a las disposiciones del Decreto del Poder Ejecutivo 531/984 del 29 de noviembre de 1984, para las Primas por
Matrimonio y Nacimiento, de acuerdo a la ley 15.767 del 13 de setiembre de
1985; para la Prima por Hogar Constituido, de acuerdo a lo dispuesto por
el Decreto-Ley 15.728 del 8 de febrero de 1985 y la Ley 15.748 del 14 de
junio de 1985.