DETERMINACION DEL REGIMEN DE LIQUIDACION DEL IVA APLICABLE AL JUEGO DENOMINADO "QUINIELA INSTANTANEA"




Promulgación: 29/05/2012
Publicación: 05/06/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1220
Referencias a toda la norma

Artículo 2

 El régimen de determinación del débito fiscal a que refiere el artículo
anterior sólo se aplicará a aquellas emisiones que cumplan conjuntamente
las siguientes condiciones:

a)     el monto de los premios preestablecido en la emisión sea de por lo
menos el 60% (sesenta por ciento) del valor nominal emitido;

b)     el plan de emisión haya sido aprobado por la Dirección General de
Loterías y Quinielas.

En caso de que una vez cerrada la emisión, la Dirección General de
Loterías y Quinielas comprobase que no se ha cumplido con el porcentaje a
que refiere el literal a), deberá reliquidarse el Impuesto al Valor
Agregado, más las multas y recargos correspondientes. A tal fin, la base
de cálculo para la determinación del débito fiscal, será exclusivamente la
establecida en el literal a) del artículo 1°.
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