REGULACION DEL IMPUESTO A LAS CESIONES, PERMUTAS O TRANSFERENCIAS DE DEPORTISTAS




Promulgación: 15/05/2001
Publicación: 22/05/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1270

Artículo 2

 Hecho generador.- Quedan comprendidos en el hecho generador del tributo, 
las cesiones o permutas de los derechos sobre la prestación de la 
actividad de un deportista, a personas jurídicas del exterior, realizadas 
a partir del 1º de abril de 2001.-
El hecho generador se considerará configurado en la fecha de celebración 
del contrato.-
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