REGULACION DEL IMPUESTO A LAS CESIONES, PERMUTAS O TRANSFERENCIAS DE DEPORTISTAS




Promulgación: 15/05/2001
Publicación: 22/05/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1270

Artículo 4

 Agentes de percepción.- Desígnase agentes de percepción a las 
asociaciones o federaciones reconocidas oficialmente que agrupen a las 
instituciones contribuyentes.
En los casos en que no sea preceptiva la participación de las entidades 
referidas en el inciso anterior, actuarán como agentes de percepción las 
personas físicas o jurídicas que intervengan en las operaciones gravadas 
en carácter de intermediarios, gestores o representantes.-
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