MODIFICACION DE LOS DECRETOS 27/996, 345/005, y 234/012, Y DEROGACION DE ARTICULOS DE LOS DECRETOS 27/995, 345/011, 111/010 y 441/011, RELATIVOS A LA ESTRUCTURA ORGANICA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES




Promulgación: 24/06/2019
Publicación: 02/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 28

   A la Dirección de Migración Internacional compete:
   - Tramitar toda solicitud de residencia permanente en la República de cónyuges, concubinos, padres y hermanos de uruguayos y nacionales de los Estados Partes del MERCOSUR y Estados Asociados;
   - Realizar el seguimiento de los distintos Foros Migratorios Internacionales, participar de los mismos y presentar propuestas orientadas en la política nacional y regional de migraciones.
Ayuda