INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE INSTITUCION DE ASISTENCIA MEDICA COLECTIVA. ORGANIZACION MEDICA ASISTENCIAL (OMA). MONTEVIDEO




Promulgación: 30/03/1987
Publicación: 19/05/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1987
  •    Página: 490
 Visto: la crítica situación económico financiera y de cobertura
asistencial que presenta la Institución de Asistencia Médica Colectiva
denominada Organización Médica Asistencial (OMA).

 Considerando: I) Que es de imperiosa necesidad la adopción de medidas
tendientes a resolver en forma definitiva la anómala situación en que se
halla dicha Institución, la que no cumple con la cobertura asistencial que
debe brindar obligatoriamente a sus afiliados y presenta un notorio atraso
en el pago de las obligaciones con el personal;

 II) Que paralelamente a la adopción de medidas en el orden Institucional,
corresponde asegurar la continuidad de la prestación asistencial a los
afiliados y la incorporación de éstos a tal efecto a otras Instituciones
de Asistencia Médica Colectiva.

 Atento: a lo dispuesto en los artículos 1º, 2º, 3º, 11 siguientes y
concordantes del decreto ley 15.181 de 21 de agosto de 1981; por los
artículos 20 y concordantes del decreto 87/983 de 22 de marzo de 1983 y
44, 45 y concordantes del decreto 90/983 de 22 de marzo de 1983,

 El Presidente de la República

                            DECRETA:

Artículo 1

 Interviénese a los efectos de su liquidación y clausura la Institución de
Asistencia Médica Colectiva, denominada Organización Médica Asistencial
(O.M.A.).

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA - ADELA RETA - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD
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