FIJACION DEL SALARIO MINIMO NACIONAL. MARZO 1988




Promulgación: 18/02/1988
Publicación: 03/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1988
  •    Página: 144
Referencias a toda la norma

Artículo 2

    Lo dispuesto en el artículo 1º regirá a partir del 1º de marzo de 1988
y no será aplicable a los salarios de los trabajadores domésticos, rurales
y de la esquila.
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