REGLAMENTACION DE LAS ACTIVIDADES U OBRAS QUE PUEDAN AFECTAR EL DRENAJE Y ESCURRIMIENTO DE LAS AGUAS EN ENTORNOS URBANOS Y SUBURBANOS, EN EL MARCO DE LO DISPUESTO POR EL ART. 4º DEL CODIGO DE AGUAS




Promulgación: 15/09/2025
Publicación: 25/09/2025
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Código de Aguas de 15/12/1978 artículo 4.

Artículo 2

   (Uso de sistemas urbanos de drenaje sostenible). Los distintos órganos integrantes del Poder Ejecutivo, en el ámbito de sus competencias, apoyarán la implantación y uso de sistemas urbanos de drenaje sostenible, entendidos como el conjunto de medidas y dispositivos que se adopten en zonas urbanas o suburbanas, buscando mantener o restaurar las condiciones naturales de las cuencas, preservar el ciclo hidrológico y conservar los ecosistemas que, a través de procesos de infiltración, retención, detención y tratamiento, favorezcan:

   a) la reducción del volumen de escorrentía y sus caudales máximos,

   b) la recarga de los acuíferos,

   c) el mantenimiento y mejoramiento de la calidad de las aguas, y,

   d) la mejora de la calidad de vida de la población.
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